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Preguntas frecuentes

 Clasificación y categorización de alojamientos en Salta

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 Requisitos mínimos para la habilitación de cualquier clase y categoría de alojamientos turísticos en SALTA.

 Definiciones y clasificaciones de alojamientos en SALTA

 CASA DE FAMILIA - ALOJAMIENTO EN SALTA

 DE LAS HABILITACIONES Y REGISTROS.

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 4 (CUATRO) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 5 (CINCO) ESTRELLAS

 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 3 (TRES) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 2 (DOS) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 1 (UNA) ESTRELLA.

  1. Tener una capacidad máxima de 8 plazas.
  2. El volumen mínimo por plaza para las habitaciones será de 4,80 m3; el lado mínimo de las habitaciones será de 2m.
  3. El baño estará equipado con:
    f) Lavabo
    g) Ducha con servicio de agua fría y caliente mezclables.
    h) Inodoro
    i) Toallero
    j) Tomacorriente
  4. Tener como mínimo un elemento de calefacción y ventilación
  5. Tener un ambiente cocina-comedor-estar, cuya superficie mínima no sea inferior a los 12 m2
  6. El espacio para cocina estará provisto de los siguientes elementos:
    a) Anafe
    b) Mesada con pileta con agua fría y caliente mezclables.
    c) Vajilla y platina en cantidad suficiente.
    d) Elementos para cocinar
    e) Mesa y sillas acorde con la capacidad de la unidad.
  7. Los lugares de dormir deberán tener placard o ropero con un mínimo de 0,60m de fondo, 0,30m de ancho y 1,35m de altura como mínimo por plaza habilitada o espacio para guardar en una zona próxima a los lugares de dormir, ropa de cama en cantidad suficiente.
  8. Por cada plaza habilitada se proveerá de una toalla de mano y un toallón de baño, los que deberán ser cambiados diariamente; las sábanas cada tres días.
  9. Por cada unidad deberá existir un equipo extinguidor eficiente contra incendio, debiendo el personal conocer su manejo.
  10. La escalera en caso de acceder a una planta recorrible, deberá tener una pendiente máxima de 60º y un ancho de 0,70m; en caso de acceder a un lugar para dormir podrá ser vertical y desmontable con un ancho de 0,40m
  11. El predio deberá estar totalmente cercado.
  12. Poseer servicio diario de recolección de residuos.
  13. Cada cabaña deberá poseer un tendero o lugar de secado
  14. El tipo de iluminación deberá ser eléctrico, siempre que sea provisto por el organismo competente, en caso de que esto no suceda y el conjunto supere las dos unidades, deberá contar con grupo electrógeno.

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     RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'A'

     RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'B'

     Régimen de tolerancias para establecimientos construidos antes de la vigencia del Decreto Nacional n° 1818/76.

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    Martes 07 de Febrero, 2012