Regresar al Índice de categorías
Preguntas frecuentes

 Clasificación y categorización de alojamientos en Salta

Click sobre la pregunta para ver/ocultar la respuesta | Ver todas las respuestas

 

 Requisitos mínimos para la habilitación de cualquier clase y categoría de alojamientos turísticos en SALTA.

 Definiciones y clasificaciones de alojamientos en SALTA

 CASA DE FAMILIA - ALOJAMIENTO EN SALTA

 DE LAS HABILITACIONES Y REGISTROS.

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 4 (CUATRO) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 5 (CINCO) ESTRELLAS

 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

  1. Tener entre un mínimo de 8 plazas y un máximo de 36 plazas.
  2. No menos del 50% del total de las habitaciones deberán tener baño privado.
  3. Las superficies mínimas de las habitaciones serán las siguientes:
    a)Habitación simple: 9 m2
    b)Habitación doble: 10,50 m2
    c)Habitación triple: 13,50
    d)Habitación cuádruple: 16,50 m2
    El lado mínimo no será inferior a 2,50m.
  4. Las habitaciones triples y cuádruples no deberán exceder del 20% del total.
  5. La superficie mínima de los baños privados de las habitaciones simples y dobles será de 2 m2 con un lado mínimo de 1m y la de los baños de las habitaciones triples y cuádruples será de 3 m2 con un lado mínimo de 1,50m.
  6. Los baños privados estarán equipados con:
    e)Lavabo
    f)Bidet
    g)Ducha
    (Estos artefactos serán independientes y contarán con servicio permanente de agua fría y caliente mezclables) h)Inodoro
    i)Repisa y espejo iluminado
    j)Toallero
  7. La relación de los servicios sanitarios compartidos será de un baño cada seis plazas.
  8. Tener sala de estar, con una superficie mínima de 25 m2
  9. Tener salón comedor-desayunador, cuya superficie mínima sea igual a 1 m2 por plaza. Esta proporción será de 0,50 m2 por plaza cuando no se preste el servicio de comida de acuerdo a lo previsto en el inciso 11 de este artículo.
  10. Tener calefacción en todos los ambientes, incluidos baños por sistemas centrales o descentralizados, cuando en el lugar donde se encuentre situado el establecimiento se registren temperaturas medias inferiores a 18º C durante algunos de los meses de funcionamiento del mismo.
  11. Ofrecer al público, además del servicio de alojamiento, los de desayuno y refrigerio. El servicio de comida será obligatorio para aquellos establecimientos situados en localidades de menos de 5.000 habitantes.

× Cerrar

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 3 (TRES) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 2 (DOS) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 1 (UNA) ESTRELLA.

 RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'A'

 RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'B'

 Régimen de tolerancias para establecimientos construidos antes de la vigencia del Decreto Nacional n° 1818/76.

Imprimir esta categoría | Ver todas las respuestas
Martes 07 de Febrero, 2012