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Preguntas frecuentes
Clasificación y categorización de alojamientos en Salta
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Requisitos mínimos para la habilitación de cualquier clase y
categoría de alojamientos turísticos en SALTA.
Definiciones y clasificaciones de alojamientos en SALTA
CASA DE FAMILIA - ALOJAMIENTO EN SALTA
DE LAS HABILITACIONES Y REGISTROS.
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 4 (CUATRO) ESTRELLAS
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 5 (CINCO) ESTRELLAS
MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
- Tener una capacidad mínima de 40 plazas en 20 habitaciones.
- Todas las habitaciones deberán tener baños privados.
- Las superficies mínimas de las habitaciones serán las
siguientes:
a) Habitación simple: 10 m2
b) Habitación doble: 12 m2
c) Habitación triple: 15 m2
El lado mínimo no será inferior a 2,50m
- Las habitaciones triples no deberán exceder del 30% del
total.
- La superficie mínima de los baños privados de las
habitaciones simples y dobles será de 2 m2 con un lado
mínimo de 1m, y la de los baños de las habitaciones triples
será de 3 m2, con un lado mínimo de 1,50m
- Los baños privados estarán equipados con:
a) Lavabo
b) Bidet
c) Ducha
(Estos artefactos serán independientes y contarán con
servicio permanente de agua fría y caliente mezclables)
d) Inodoro
e) Botiquín o repisa con espejo, iluminados.
f) Toallero
g) Tomacorriente
- Tener locales destinados a recepción y portería con una
superficie mínima de 30 m2 en conjunto.
- Tener sala de estar, desayunador y bar con una superficie
mínima de 40 m2 más 0,25 m2 por plaza a partir de las 60
plazas y que esté en comunicación directa con la recepción.
Deberá contar con servicios sanitarios para público
independientes para cada sexo.
- Tener una “office” por planta, dotada de:
h) Teléfono interno
i) Mesada con pileta
j) Armario para artículos de limpieza
k) Servicios sanitarios para el personal
- En caso de tener el edificio más de tres plantas,
contará con un mínimo de un ascensor por cada 100 plazas o
fracción, descontadas las correspondientes a planta baja,
pudiendo suplir la cantidad de ascensores con una mayor
capacidad de los mismos, dotándolos además de maniobra
selectiva-colectiva. Deberá contar con un ascensor de
servicio independiente.
- Tener cocheras individuales en la relación de una por
habitación. El total de las mismas serán cubiertas y deberán
estar ubicadas en su totalidad dentro de la superficie del
establecimiento.
- Cuando en el lugar donde se encuentre situado el
establecimiento la temperatura media de alguno de los meses
de funcionamiento del mismo supere los 25º C, deberá contar
con pileta de natación cuya superficie sea igual a 0,50 m2
por plaza, a partir de un mínimo de 50 m2 y hasta un máximo
de 200 m2, con una profundidad promedio de 1,20m en toda su
extensión.
- Tener calefacción en todos los ambientes, incluidos
baños, por sistemas centrales o descentralizados, cuando en
el lugar donde se encuentre situado el establecimiento, se
registren temperaturas medias inferiores a 18º C durante
alguno de los meses de funcionamiento del mismo.
- Tener refrigeración en todos los ambientes, por sistemas
centrales o descentralizados cuando en el lugar donde se
encuentre situado el establecimiento se registren
temperaturas medias superiores a 22º C durante alguno de los
meses de funcionamiento del mismo.
- Todas las habitaciones estarán equipadas con radio para
dos canales o música ambiental y teléfono interno que
permita la comunicación con el exterior a través de un
conmutador, siempre que el servicio telefónico sea provisto
por el organismo pertinente.
- Ofrecer al público, además del servicio de alojamiento,
los de desayuno, refrigerio y bar diurno y nocturno.
- Tener salón de recreo para niños, integrado al edificio
o juegos ubicados en su exterior, debiendo éstos encontrarse
dentro de la superficie del predio ocupado por el
establecimiento.
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HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 3 (TRES) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 2 (DOS) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 1 (UNA) ESTRELLA.
RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'A'
RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'B'
Régimen de tolerancias para establecimientos construidos
antes de la vigencia del Decreto Nacional n° 1818/76.
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