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Preguntas frecuentes

 Clasificación y categorización de alojamientos en Salta

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 Requisitos mínimos para la habilitación de cualquier clase y categoría de alojamientos turísticos en SALTA.

 Definiciones y clasificaciones de alojamientos en SALTA

 CASA DE FAMILIA - ALOJAMIENTO EN SALTA

 DE LAS HABILITACIONES Y REGISTROS.

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 4 (CUATRO) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 5 (CINCO) ESTRELLAS

 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

  1. Tener una capacidad mínima de 30 plazas en 15 habitaciones.
  2. Todas las habitaciones deberán tener baño privado.
  3. Las superficies mínimas de las habitaciones serán las siguientes:
    a) Habitación simple: 9 m2
    b) Habitación doble: 10,50 m2
    c) Habitación triple: 13,50 m2
    El lado mínimo no será inferior a 2,50m
  4. Las habitaciones triples no deberán exceder del 30% del total.
  5. La superficie mínima de los baños privados de las habitaciones simples y dobles será de 2 m2, con un lado mínimo de 1m y la de los baños de las habitaciones triples será de 3 m2 con un lado mínimo de 1,50m.
  6. Los baños privados estarán equipados con:
    d) Lavabo
    e) Bidet
    f) Ducha
    (Estos artefactos serán independientes y contarán con servicio permanente de agua fría y caliente mezclables)
    g) Inodoro
    h) Botiquín o repisa con espejo, iluminados
    i) Toallero y
    j) Tomacorriente.
  7. Tener locales destinados a recepción y portería con una superficie mínima de 20 m2 en conjunto.
  8. Tener sala de estar, desayunador y bar, con una superficie mínima de 30 m2 más 0,25 m2 por plaza a partir de las 50 plazas y que esté en comunicación directa con la recepción. Deberá contar con servicios sanitarios para público, independiente para cada sexo.
  9. En caso de tener el edificio más de tres plantas, contará con un mínimo de un ascensor por cada 100 plazas o fracción, descontadas las correspondientes a planta baja, pudiendo suplir la cantidad de ascensores con una mayor capacidad de los mismos, dotándolos además de maniobras selectiva-colectiva.
  10. Tener cocheras individuales en la relación de una por habitación. El 50% de las mismas, como mínimo, será cubierto y deberán estar ubicadas en su totalidad dentro de la superficie del predio ocupado por el establecimiento.
  11. Tener calefacción en todos los ambientes, incluidos los baños por sistema centrales o descentralizados, cuando en el lugar donde se encuentre ubicado el establecimiento se registren temperaturas medias inferiores a 18º C durante algunos de los meses de funcionamiento del mismo.
  12. Tener refrigeración en las habitaciones y salones de uso común por sistemas centrales o descentralizados, cuando en el lugar donde se encuentra situado el establecimiento se registren temperaturas medias superiores a 22º C durante algunos meses de funcionamiento del mismo.
  13. Todas las habitaciones estarán equipadas con radio para dos canales o música ambiental.
  14. Ofrecer al público, además del servicio de alojamiento, los de desayuno, refrigerio y bar.

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 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 3 (TRES) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 2 (DOS) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 1 (UNA) ESTRELLA.

 RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'A'

 RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'B'

 Régimen de tolerancias para establecimientos construidos antes de la vigencia del Decreto Nacional n° 1818/76.

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Martes 07 de Febrero, 2012