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Preguntas frecuentes
Clasificación y categorización de alojamientos en Salta
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Requisitos mínimos para la habilitación de cualquier clase y
categoría de alojamientos turísticos en SALTA.
Definiciones y clasificaciones de alojamientos en SALTA
CASA DE FAMILIA - ALOJAMIENTO EN SALTA
DE LAS HABILITACIONES Y REGISTROS.
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 4 (CUATRO) ESTRELLAS
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 5 (CINCO) ESTRELLAS
MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
- Tener una capacidad mínima de 30 plazas en 15 habitaciones.
- Todas las habitaciones deberán tener baño privado.
- Las superficies mínimas de las habitaciones serán las
siguientes:
a) Habitación simple: 9 m2
b) Habitación doble: 10,50 m2
c) Habitación triple: 13,50 m2
El lado mínimo no será inferior a 2,50m
- Las habitaciones triples no deberán exceder del 30% del
total.
- La superficie mínima de los baños privados de las
habitaciones simples y dobles será de 2 m2, con un lado
mínimo de 1m y la de los baños de las habitaciones triples
será de 3 m2 con un lado mínimo de 1,50m.
- Los baños privados estarán equipados con:
d) Lavabo
e) Bidet
f) Ducha
(Estos artefactos serán independientes y contarán con
servicio permanente de agua fría y caliente mezclables)
g) Inodoro
h) Botiquín o repisa con espejo, iluminados
i) Toallero y
j) Tomacorriente.
- Tener locales destinados a recepción y portería con una
superficie mínima de 20 m2 en conjunto.
- Tener sala de estar, desayunador y bar, con una
superficie mínima de 30 m2 más 0,25 m2 por plaza a partir de
las 50 plazas y que esté en comunicación directa con la
recepción. Deberá contar con servicios sanitarios para
público, independiente para cada sexo.
- En caso de tener el edificio más de tres plantas, contará
con un mínimo de un ascensor por cada 100 plazas o fracción,
descontadas las correspondientes a planta baja, pudiendo
suplir la cantidad de ascensores con una mayor capacidad de
los mismos, dotándolos además de maniobras selectiva-colectiva.
- Tener cocheras individuales en la relación de una por
habitación. El 50% de las mismas, como mínimo, será cubierto
y deberán estar ubicadas en su totalidad dentro de la
superficie del predio ocupado por el establecimiento.
- Tener calefacción en todos los ambientes, incluidos los
baños por sistema centrales o descentralizados, cuando en el
lugar donde se encuentre ubicado el establecimiento se
registren temperaturas medias inferiores a 18º C durante
algunos de los meses de funcionamiento del mismo.
- Tener refrigeración en las habitaciones y salones de uso
común por sistemas centrales o descentralizados, cuando en
el lugar donde se encuentra situado el establecimiento se
registren temperaturas medias superiores a 22º C durante
algunos meses de funcionamiento del mismo.
- Todas las habitaciones estarán equipadas con radio para
dos canales o música ambiental.
- Ofrecer al público, además del servicio de alojamiento,
los de desayuno, refrigerio y bar.
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MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 3 (TRES) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 2 (DOS) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 1 (UNA) ESTRELLA.
RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'A'
RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'B'
Régimen de tolerancias para establecimientos construidos
antes de la vigencia del Decreto Nacional n° 1818/76.
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