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Preguntas frecuentes

 Clasificación y categorización de alojamientos en Salta

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 Requisitos mínimos para la habilitación de cualquier clase y categoría de alojamientos turísticos en SALTA.

 Definiciones y clasificaciones de alojamientos en SALTA

 CASA DE FAMILIA - ALOJAMIENTO EN SALTA

 DE LAS HABILITACIONES Y REGISTROS.

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 4 (CUATRO) ESTRELLAS

 HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 5 (CINCO) ESTRELLAS

 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

  1. Tener capacidad mínima de 20 plazas en 10 habitaciones.
  2. Todas las habitaciones deberán tener baño privado.
  3. Las superficies mínimas de las habitaciones serán las siguientes:
    a) Habitación simple: 9 m2
    b) Habitación doble: 10,50 m2
    c) Habitación triple: 13,50 m2
    d) Habitación cuádruple: 16,50 m2
    El lado mínimo no será inferior a 2,50m.
  4. Las habitaciones triples y cuádruples no deberán exceder el 30% total.
  5. La superficie mínima de los baños privados de las habitaciones simples y dobles será de 2 m2, con un lado mínimo de 1m y la de los baños de las habitaciones triples y cuádruples será de 3 m2 con un lado mínimo de 1,50m.
  6. Los baños privados estarán equipados con:
    e) Lavabo
    f) Bidet
    g) Ducha
    (Estos artefactos serán independientes y contarán con servicio permanente de agua fría y caliente mezclables)
    h) Inodoro
    i) Botiquín o repisa con espejo, iluminados
    j) Toallero y
    k) Tomacorriente.
  7. Tener locales destinados a recepción y portería con una superficie mínima de 15 m2 en conjunto.
  8. Tener sala de estar, desayunador y bar con una superficie mínima de 25 m2 más 0,25 m2 por plaza a partir de las 40 plazas y que esté en comunicación directa con la recepción. Deberá contar con servicios sanitarios para público, independientes para cada sexo.
  9. En caso de tener el edificio más de tres plantas, contará con un mínimo de un ascensor para cada 100 plazas o fracción, descontadas las correspondientes a planta baja, pudiendo suplir la cantidad de ascensores con una mayor capacidad de los mismos, dotándolos además de maniobras selectiva-colectiva.
  10. Tener cocheras individuales, en la relación de una por habitación, que deberán estar ubicadas dentro de la superficie del predio ocupado por el establecimiento.
  11. Tener calefacción en todos los ambientes, incluidos los baños por sistemas centrales o descentralizados, cuando en el lugar donde se encuentre situado el establecimiento, se registren temperaturas medias inferiores a 18º C durante algunos de los meses de funcionamiento del mismo.
  12. Tener refrigeración en las habitaciones cuando el lugar en que se encuentre el establecimiento se registren temperaturas medias superiores a 22º C durante algunos meses de su funcionamiento.
  13. Ofrecer al público, además del servicio de alojamiento, los de desayuno, refrigerio y bar.

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 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

 MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS

 HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 3 (TRES) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 2 (DOS) ESTRELLAS

 CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 1 (UNA) ESTRELLA.

 RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'A'

 RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'B'

 Régimen de tolerancias para establecimientos construidos antes de la vigencia del Decreto Nacional n° 1818/76.

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Martes 07 de Febrero, 2012