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Preguntas frecuentes
Clasificación y categorización de alojamientos en Salta
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Requisitos mínimos para la habilitación de cualquier clase y
categoría de alojamientos turísticos en SALTA.
Definiciones y clasificaciones de alojamientos en SALTA
CASA DE FAMILIA - ALOJAMIENTO EN SALTA
DE LAS HABILITACIONES Y REGISTROS.
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
- Tener una capacidad mínima de 60 plazas en 30
habitaciones.
- Todas las habitaciones deberán tener baño privado.
- Las superficies mínimas de las habitaciones serán las
siguientes:
a) Habitación simple: 10 m2
b) Habitación doble: 12 m2
c) Habitación triple: 15 m2
- Las habitaciones triples no deberán exceder del 15% del
total.
- La superficie mínima de los baños privados de las
habitaciones simples y dobles será de 2 m2, con un lado
mínimo de 1m, y la de los baños de las habitaciones triples
será de 3 m2 con un lado mínimo de 1,50m.
- Los baños privados deberán estar equipados con:
a) Lavabo
b) Bidet
c) Ducha
(Estos artefactos serán independientes y contarán con
servicios permanente de agua fría y caliente mezclables)
d) Inodoro
e) Botiquín o repisa con espejo, iluminados
f) Toallero y
g) Tomacorriente.
- Tener locales destinados a recepción y portería con una
superficie mínima de 30 m2 en conjunto, más 0,20 m2 por
plaza a partir de las 60 plazas.
- Tener sala de estar con una superficie mínima de 40 m2
más 0,20 m2 por plaza a partir de las 60 plazas. Dicha sala
tendrá comunicación directa con la recepción y contará con
servicios sanitarios para público, independiente para cada sexo.
- Tener salón comedor-desayunador, cuya superficie mínima
sea de 30 m2, más 1 m2 por cada 3 plazas a partir de las 60
plazas. Esta proporción será de 0,60 m2 por cada tres
plazas, cuando no se preste el servicio de comida, de
acuerdo a lo previsto en el inciso 17 de este artículo.
- Tener salones de uso múltiple cuya superficie mínima sea
de 0,40 m2 por plaza pudiendo la misma computarse en un solo
salón o en varios.
- Tener un “office” por planta, dotado de:
a) Teléfono interno
b) Mesada con pileta
c) Armario para artículos de limpieza
d) Servicios sanitarios para el personal.
- En caso de tener el edificio más de dos plantas contará
con un mínimo de un ascensor por cada 100 plazas o fracción,
descontadas las correspondientes a planta baja, pudiendo
suplir la cantidad de ascensores con una mayor capacidad de
los mismos, dotándolos además de maniobra
selectiva-colectiva. Deberá también contar con un ascensor
de servicio independiente.
- Tener espacio para estacionamiento cuyo número de
cocheras sea igual o mayor al 30% del total de las
habitaciones, y podrá estar integrado al edificio o ubicado
en sus adyacencias hasta 150m medidos en línea recta o
quebrada sobre el cordón de la acera, a partir del eje
central de la puerta principal de acceso al establecimiento.
- Tener calefacción en todos los ambientes, incluidos los
baños por sistemas centrales o descentralizados, cuando en
el lugar donde se encuentre situado el establecimiento se
registren temperaturas medias inferiores a 18º C durante
alguno de los meses de funcionamiento del mismo.
- Tener refrigeración en todos los ambientes, por sistemas
centrales o descentralizados, cuando en el lugar donde se
encuentre situado el establecimiento, se registren
temperaturas superiores a 22º C durante alguno de los meses
de funcionamiento del mismo.
- Todas las habitaciones estarán equipadas con radio o
música ambiental y servicio telefónico interno, que además
permita la comunicación con exterior a través de un
conmutador, siempre que dicho servicio sea previsto por el
organismo pertinente.
- Ofrecer al público, además del servicio de alojamiento,
lo de comida, desayuno, refrigerio, bar diurno y nocturno y
servicio en las habitaciones. El servicio de comida podrá
suprimirse en aquellos establecimientos ubicados en centros
urbanos de más de 5.000 habitantes de población estable.
- Tener televisión en los lugares donde la misma exista,
debiendo el televisor estar ubicado en algunos de los
salones de uso múltiple.
- Contar con servicio de lavandería, la que podrá o no
estar integrada al establecimiento.
- Tener cofres de seguridad individuales, a disposición de
los huéspedes, pudiendo aquellos estar ubicados en las
habitaciones o en las dependencias administrativas del
establecimiento.
- Tener personal bilingüe para atención de la recepción y
el salón comedor, debiendo como mínimo en cada turno de
trabajo encontrarse personal que hable inglés y otro idioma
extranjero.
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HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 4 (CUATRO) ESTRELLAS
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 5 (CINCO) ESTRELLAS
MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 3 (TRES) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 2 (DOS) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 1 (UNA) ESTRELLA.
RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'A'
RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'B'
Régimen de tolerancias para establecimientos construidos
antes de la vigencia del Decreto Nacional n° 1818/76.
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