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Preguntas frecuentes
Clasificación y categorización de alojamientos en Salta
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Requisitos mínimos para la habilitación de cualquier clase y
categoría de alojamientos turísticos en SALTA.
Definiciones y clasificaciones de alojamientos en SALTA
CASA DE FAMILIA - ALOJAMIENTO EN SALTA
DE LAS HABILITACIONES Y REGISTROS.
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
-
Tener una capacidad mínima de 40 plazas en 20 habitaciones.
- Todas las habitaciones deberán tener baño privado.
- Las superficies mínimas de las habitaciones serán las
siguientes:
a) Habitación simple: 9 m2
b) Habitación doble: 10,50 m2
c) Habitación triple: 13,50 m2
El lado mínimo no será inferior a 2,50m
- Las habitaciones triples no deberán exceder del 20% del
total.
- La superficie mínima de los baños privados de las
habitaciones simples y dobles serán de 2 m2, con un lado
mínimo de 1m y la de los baños de las habitaciones triples
será de 3 m2, con un lado mínimo de 1,50m.
- Los baños privados estarán equipados con:
h) Lavabo
i) Bidet
j) Ducha
(Estos artefactos independientes y contarán con servicio
permanente de agua fría y caliente mezclables)
k) Inodoro
l) Botiquín o repisa con espejo, iluminados
m) Toallero y
n) Tomacorriente.
- Tener locales destinados a recepción y portería, con una
superficie mínima de 20 m2 en conjunto, más 0,20 m2 por
plaza a partir de las 50 plazas.
- Tener sala de estar, con una superficie mínima de 30 m2,
más 0,20 m2 por plaza a partir de las 40 plazas. Dicha sala
tendrá comunicación directa con la recepción y contará con
servicios sanitarios para público, independientes para cada
sexo, y televisión en los lugares donde se preste el servicio.
- Tener salón comedor-desayunador cuya superficie mínima
sea de 20 m2 más 1 m2 por cada tres plazas, a partir de las
40 plazas. Esta proporción será de 0,50 m2 por cada tres
plazas, cuando no se preste el servicio de comida, de
acuerdo a lo previsto en el inciso 14 de este artículo.
- En caso de tener el edificio más de tres plantas,
contará con un mínimo de un ascensor por cada 100 plazas o
fracción, descontadas las correspondientes a planta baja,
pudiendo suplir la cantidad de ascensores con una mayor
capacidad de los mismos, dotándolos además de maniobras
selectivas-colectivas.
- Tener espacio para estacionamiento, cuto número de
cocheras sea igual o mayor al 25% del total de las
habitaciones y podrá estar integrado al edificio o ubicado
en sus adyacencias hasta 150m medidos en línea recta o
quebrada sobre el cordón de la acera, a partir del eje
central de la puerta principal de acceso al estacionamiento.
- Tener calefacción en todos los ambientes, incluidos los
baños por sistemas centrales o descentralizados, cuando en
el lugar donde se encuentre situado el establecimiento se
registren temperaturas medias inferiores a 18º C, durante
algunos de los meses de funcionamiento del mismo.
- Tener refrigeración en habitaciones y salones de uso
común por sistemas centralizados o descentralizados cuando
en el lugar adonde se encuentre situado el establecimiento
se registren temperaturas medias superiores a los 22º C
durante algunos meses de funcionamiento del mismo.
- Tener en todas las habitaciones servicio telefónico
interno, que además permita la comunicación directa con el
exterior a través de un conmutador, siempre que dicho
servicio sea provisto por el organismo pertinente.
- Ofrecer al público, además del servicio de alojamiento,
los de comida, desayuno y bar. El servicio de comida podrá
suprimirse en aquellos establecimientos ubicados en centros
urbanos de más de 5.000 habitantes de población estable.
- Contar con servicio de lavandería, la que podrá o no
estar integrada al establecimiento.
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HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 4 (CUATRO) ESTRELLAS
HOTEL DE SALTA CATEGORÍA 5 (CINCO) ESTRELLAS
MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
MOTEL DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 1 (UNA) ESTRELLA
HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 2 (DOS) ESTRELLAS
HOSTERIA DE SALTA CATEGORÍA 3 (TRES) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 3 (TRES) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 2 (DOS) ESTRELLAS
CABAÑA DE SALTA CATEGORIA 1 (UNA) ESTRELLA.
RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'A'
RESIDENCIAL DE SALTA CATEGORIA 'B'
Régimen de tolerancias para establecimientos construidos
antes de la vigencia del Decreto Nacional n° 1818/76.
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